Hombre con chaqueta de cuadros, brazos cruzados y fondo rojo. David Gonzalo tu gestor seag

Consultorio Jurídico para Propietarios: 

Resuelve tus Dudas sobre el Alquiler

Soy David Gonzalo, tu gestor personal en SEAG. Cada día recibo consultas de propietarios con dudas sobre sus alquileres — antes de firmar, durante la convivencia con el inquilino y cuando las cosas se complican.

He recopilado aquí las preguntas más frecuentes con respuestas claras y directas. Si tu caso es específico o no encuentras respuesta, contáctame por WhatsApp o formulario y te respondo personalmente.

Antes de alquilar

¿Qué debo comprobar del inquilino para minimizar el riesgo de impago y okupación?

Antes de firmar cualquier contrato es imprescindible verificar la solvencia real del inquilino. Sus ingresos netos mensuales, y conviene comprobar que no figura en ficheros de morosos.

En SEAG realizamos este estudio de solvencia online con respuesta inmediata y confirmacion en menos de 24 horas, incluyendo perfiles como autónomos, trabajadores con contrato temporal, extranjeros con ingresos en el exterior, emprendedores o perceptores de ayudas.

¿Qué debo incluir sí o sí en el contrato para protegerme legalmente?

Un contrato bien redactado es tu primera línea de defensa. Como mínimo debe incluir: identificación completa de ambas partes, descripción del inmueble, duración y condiciones de prórroga, renta y forma de pago, fianza y garantías adicionales, inventario del estado firmado por ambas partes, y cláusulas sobre usos permitidos, mascotas, obras y subarriendo.

Para garantizar que el contrato esté correctamente redactado, recomiendo trabajar con una inmobiliaria colaboradora de SEAG. Cuentan con experiencia en arrendamientos y te ayudan a evitar errores que pueden costarte caro después.

¿Cómo gestiono la fianza y qué pasa si no la deposito en el Incasòl?

En Cataluña, la fianza equivale a un mes de renta para viviendas y dos meses para uso distinto al de vivienda. El propietario tiene la obligación de depositarla en el Incasòl en el plazo de dos meses desde la firma.

No depositarla puede acarrear sanciones económicas y debilitar tu posición en caso de conflicto judicial. No es un trámite opcional — es una obligación legal.

¿Puedo prohibir mascotas, fumadores o limitar el número de personas?

Sí, siempre que quede reflejado expresamente en el contrato. La LAU permite pactar condiciones específicas de uso del inmueble, incluyendo prohibición de mascotas, fumar dentro de la vivienda o limitar el número máximo de ocupantes. Lo importante es que estén redactadas con claridad antes de firmar — después es mucho más difícil imponerlas.

Durante el alquiler

El inquilino no paga la renta. ¿Puedo cortarle la luz o el agua?

No. Cortar los suministros a un inquilino que no paga es ilegal y puede constituir un delito de coacciones. Aunque la situación sea desesperante, esta vía solo agravará tu posición legal.

La única vía legal es iniciar el procedimiento de desahucio por impago. Con la Garantía Indefinida de SEAG, este proceso lo gestionamos nosotros íntegramente — abogados, procurador, tasas y todas las gestiones — mientras tú sigues cobrando tu renta mensual desde el primer mes de impago, sin esperar la sentencia.

El inquilino hace obras sin permiso o subarrienda por Airbnb. ¿Qué hago?

Ambas situaciones son incumplimientos contractuales graves que te dan derecho a resolver el contrato. Si realiza obras no autorizadas, puedes exigir que restituya el inmueble a su estado original. Si subarrienda sin tu consentimiento — incluyendo plataformas como Airbnb — puedes iniciar el procedimiento de resolución del contrato.

En cualquier caso es fundamental actuar con el respaldo de un abogado especializado. En SEAG cubrimos la defensa jurídica de estas situaciones sin límite de costes.

¿Puedo entrar a la vivienda para revisar su estado?

El domicilio del inquilino es inviolable durante la vigencia del contrato. No puedes entrar sin su consentimiento expreso aunque seas el propietario — hacerlo podría constituir un delito de allanamiento de morada.

Lo que sí puedes hacer es incluir en el contrato una cláusula que permita visitas periódicas acordadas — por ejemplo una vez al año con aviso mínimo de 48 horas.

¿Quién paga una reparación urgente: tubería rota, caldera, goteras?

El propietario es responsable de las reparaciones necesarias para mantener la vivienda habitable: caldera averiada, gotera estructural, tubería rota por desgaste. El inquilino asume las pequeñas reparaciones por uso cotidiano.

Si los daños son causados por el inquilino por mal uso o negligencia y tienes la Garantía Indefinida de SEAG, los daños vandálicos están cubiertos hasta 3.000€ desde el primer euro, sin franquicia.

Al finalizar el alquiler

Termina el contrato y el inquilino no se va o devuelve el piso destrozado. ¿Qué hago?

Si el inquilino no abandona la vivienda al finalizar el contrato debes iniciar un procedimiento judicial de desahucio por expiración del plazo. En Cataluña los tiempos pueden superar los 12-18 meses en casos complicados.

Si el piso aparece con daños, documéntalo todo antes de que se vaya: fotografías con fecha, acta notarial si es posible y presupuestos de reparación. La fianza puede aplicarse a cubrir daños, pero si no es suficiente puedes reclamar judicialmente la diferencia.

Con la Garantía Indefinida de SEAG estos escenarios están cubiertos: gestionamos el proceso judicial completo, cobras la renta durante todo el proceso y los daños vandálicos están cubiertos desde 0€ sin franquicia.

Sobre la Garantía Indefinida SEAG

¿En qué se diferencia la Garantía Indefinida de un seguro de impago?

SEAG no es una aseguradora. Es una compañía especializada en garantías de alquiler y servicios jurídicos, lo que nos permite ofrecer prestaciones que ningún seguro de impago puede igualar.

Tabla Comparativa

Además contemplamos todos los perfiles: empleados sin antigüedad, emprendedores, ETT, ingresos del extranjero, perceptores de ayudas. Y garantizamos inmuebles ya alquilados.

Tabla comparativa de prestaciones entre diferentes compañías de seguros.

¿Puedo contratar la Garantía Indefinida si el inquilino ya está en el piso?

Sí. Solo necesitas el contrato de arrendamiento y los 3 últimos justificantes bancarios del cobro del alquiler. Sin necesidad de pedir documentación nueva al inquilino. Rápido y sin complicaciones.
 

 

Hombre con chaqueta, haciendo el gesto de "ok" con una mano, sonriente.

Cada situación es diferente. Contáctame directamente y te respondo de forma personalizada.

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